La Ley de Contrato de Seguro te respalda. Tu póliza recoge todas tus garantías, coberturas, exclusiones y limitaciones.
Libre elección de taller. Si tienes cláusula de talleres concertados, puedes pedir indemnización.
Reparación del vehículo con recambios originales.
Valoración de los daños realizada por un perito nombrado por tu aseguradora.
Información concisa y precisa de las garantías y cláusulas contratadas en tu póliza.
Indemnización antes de 40 días por el importe mínimo reconocido.
Defensa jurídica, siempre y cuando la póliza así lo prevea.
Impugnar cláusulas que limiten tus derechos.
Y si no eres responsable...
Derechos del perjudicado
La ley te protege por encima de cualquier póliza. Y tu indemnización nunca podrá suponer pérdidas de bonificación ni penalización en las primas de tu seguro.
Libre elección de taller, aunque en tu póliza tengas contratada la cláusula de talleres concertados.
Reparación del vehículo con recambios originales.
Valoración del vehículo a valor de mercado en el momento de producirse el siniestro y no el valor venal.
Indemnización antes de 40 días por el importe mínimo reconocido.
Reclamar directamente a la aseguradora del vehículo culpable sin avisar a la tuya. Los gastos de peritación corren a carga del responsable.
Defensa jurídica. Los honorarios corren a cargo de tu aseguradora.
Recibir una propuesta de indemnización para la reparación o sustitución del vehículo. Podrás reclamar después por daños no contemplados si no firmas un documento de finiquito o de renuncia expresa.
Obligaciones del perjudicado
No enriquecerse
El perjudicado tiene la obligación de no enriquecerse ni encarecer innecesariamente el coste del siniestro.
Abonar la factura de la reparación
El perjudicado tiene la obligación de hacer frente al pago de la factura de reparación de su vehículo y de los gastos del siniestro y es la aseguradora del vehículo culpable la que debe indemnizarle por dichos gastos. En el caso de que la aseguradora abone una parte de la factura de la reparación al taller el resto hasta la totalidad del precio establecido en el taller debe ser abonada por el propietario del vehículo.
Facilitar o realizar la peritación de los daños
Tanto si la peritación se realiza por nombramiento de la aseguradora como si se realiza por nombramiento del perjudicado, este debe de poner todas las facilidades y facilitar toda la información necesaria para la realización y presentación de la peritación de los daños.
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